L’Expropiació i la Solicitud d’Exempció

A fi i efecte de poder construir els pobres de Gimenells, Sucs i Plà de la Font, l’estat va expropiar una part de la Finca. A sota es descriu el perquè i la forma de fer-ho.

La Expropiació i l’àrea declarada d’interès nacional

Després de l’aprovació de la Ley de Grandes Zonas el 1939, el Decret de 25 de novembre de 1940 va declarar d’inte­rès nacional 16.558 has de la comarca del Segrià. La nova Zona. Regable del Canal de Aragón y Catalufia (ZRCAC) esta­va integrada per cinc grans latifundis, la superfície dels quals oscil•lava entre set-centes i cinc mil hectàrees: Montagut (5.068 ha.), Vallmanya (3.355 ha.), Gimenells (5.612 ha.); Sucs (i.800 ha i Suquets (723 ha.)

Les principals raons que van induir el Govern a actuar en aquelles terres van ser la concentració de la propietat i la lenti­tud amb què es desenvolupava la introducció del regadiu. Es va pensar, en primer lloc, que el fet que tot l’espai millorable estigués en mans de cinc terratinents en facilitaria l’adquisició. La direcció de l’INC va creure que així s’acceleraria, previ acord amb els respectius titulars, la tramitació dels corresponents expedients d’expropiació forçosa.

La primera parcel.la oferta a 1′ Instituto Nacional de Colonización va procedir de 1’Obra Tutelar Agrària (OTA). Es tractava d’un fragment de Gime­nells situat en el sector IV i composat, a les seves 1.380 hectà­rees, per terres planes i valls al 50% (700 i 680 ha. respectiva­ment). Per Decret de 29 de juliol de 1943 es va autoritzar l’expropiació forçosa de tota aquesta superfície. La compra de les 1.3 hectàrees expropiades a l’Obra Tutelar Agrària devia acostar-se, a prop d’un milió i dues-centes trenta mil pessetes. No obstant això, el 1943 l’Administració va desemborsar, després d’una nova  taxació, la quantitat de 2.306.684,43 ptes (1.760,86 per ha.), xifra que representava un increment del 87,54% sobre l’esti­mació feta pocs mesos abans.

LA SOLICITUD DE EXCEPCIÓN DE LA FINCA DE GIMENELLS PRESENTADA POR LA OBRA TUTELAR AGRARIA AL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN EL11 DE JULIO DEL AÑO 1956

Fuente: Proyecto de parcelación de la primera subzona del Canal de Aragón y Cataluña (Lérida y Huesca) Memoria Tierras exceptuadas, en exceso y reservadas de la Ley 1NC, Lérida, 1963

Anexo nº 93 (5 pp) (fragmentos)

Obra Tutelar Agraria se constituyó en la ciudad de Barcelona, a 27 de diciembre de 1928, a iniciativa de Don Ramón Martí, Presidente del Tribunal Tutelar de Menores, al objeto de recoger, sostener y amparar a los menores de ambos sexos, sometidos a las leyes de Protección a la Infancia y a los Tribunales Tutelares de Menores, procurándoles un régimen familiar de albergue o colocación en el campo, con enseñanza y educación general y especialmente agrícola y con enseñanza profesional propia por los hogares rurales, con el propósito de convertir a los recogidos en arrendatarios e incluso pequeños propietarios agrícolas, fomentando en los niños el amor al campo y evitando el éxodo a los grandes núcleos urbanos.

La citada institución se ha nutrido hasta la fecha de aportaciones particulares, y muy especialmente, de las del fundador Don Ramón Albó Martí y de su esposa Dona Maria Ferrer Bertan (e.p.d.).

El 28 de diciembre de 1928, adquirió una finca en las proximidades de Lérida, titulada “Gimenells” de cinco mil setenta y cinco hectáreas, cuarenta áreas y trece centiáreas, en su gran mayoría incultas y destinadas primordialmente a coto de caza (1).

Desde 1928 hasta la fecha, “Obra Tutelar Agraria” ha iniciado y proseguido su obra social agrícola y de cariño, levantando a la juventud descarriada, a unísono con 1a conversión de las estepas en campos de trigo, maíz y alfalfa; en lo que fue planicie sin viviendas, ha levantado un poblado; en donde no existía una sombra protectora de los ardores del sol, crecen alamedas que fijan el terreno y le dan belleza, y lo más importante, devuelve a la sociedad y al campo, lo que antes eran niños desamparados, convertidos en hombres formados.

Entre otras muchas obras de carácter social y colonizador, ha levantado la Iglesia dotada de capellán para la cura de almas; escuelas para los dos sexos; centros recreativos con salas de juegos y salón de lectura, sala de espectáculos, amplia y espaciosa, campos de futbol, frontones, centro de formación, cooperativa de consumo, etc.

Además, se ha comprado una maquina cosechadora, varios tractores, un jeep, camión para el transporte de productos, maquinaria, útiles y aperos de labranza. Se ha instalado en la colonia, taller de carpintería, herrería, guarnicionería, horno de cocer pan, almacenes para los productos agrícolas, red de alumbrado, conducción de agua y otros servicios; y mediante la construcción de canalizaciones, acequias y obras de drenaje se han convertido en tierras de regadío grandes extensiones anteriormente de secano o incultas.

Todo ello ha sido posible con los productos de la propia finca y una acertada administración, sin subvención estatal alguna. Han pasado por dicha Colonia más de 1.000 niños, y actualmente están recibiendo instrucción en ella y adiestrándose en trabajos agrícolas, unos 120 niños, procedentes de la Junta de Protección a la Infancia y del Tribunal Tutelar de Menores de Barcelona, y de los de Lérida, Tarragona y algún otro. Varios de los tutelados han continuado en la finca, al cesar la intervención de dichos organismos, y algunos de ellos poseen ya en propiedad o usufructo, huertos familiares y cabezas de ganado. Finalizada la guerra de liberación, y en los albores de la segunda etapa de “Obra Tutelar Agraria”, aparece el Instituto Nacional de Colonización, en 1939, y por Orden de 27 de julio de 1943, el proyecto general de colonización de la Zona del Canal de Aragón y Cataluña, dentro de la cual radica la finca de Santa Maria de Gimenells.

Está en la mente de todos, las facilidades que en todo memento “Obra Tutelar Agraria” se complacía en dar al Instituto Nacional de Colonización para que este pudiera llevar a cabo su alto cometido. No solo su fundador señor Albó, desempeño celosamente hasta su fallecimiento el cargo de Vocal de dicho Instituto, sino que, a los fines mencionados, “Obra Tutelar Agraria” vendió al citado Instituto una extensión de mil trescientas ochenta hectáreas, cincuenta y cuatro áreas, cuarenta y tres centiáreas, en cuya porción se ha edificado el poblado y el Centro de Colonización de Gimenells (…).

Comprendiendo el señor Albó que la extensión superficial de la finca era excesiva, y que la Obra no contaba con medios suficientes para su total explotación, en 13 de octubre de 1955, le vendió otras dos mil trescientas noventa y cuatro hectáreas, ochenta y cinco áreas, setenta centiáreas, y además alegando el Instituto serle necesaria una porción de terreno contigua al poblado de Gimenells, so enajenaron otras diecisiete hectáreas cuarenta y dos áreas dos centiáreas.

(…)

No dolieron ni duelen a “Obra Tutelar Agraria” las hectáreas cedidas, pues sabe que ello ha sido para bien y mejora del país, Al fin y al cabo, la finalidad de la Obra y la del Instituto son paralelas, y entre una y otra institución deseamos exista siempre la mejor colaboración.

(…)

 El Decreto de 27 de abril de 1956, permite a propietarios retener definitivamente, las llamadas tierras exceptuadas para las que exige el alto Índice de producción bruta de 25 quintales métricos de trigo por hectárea que en la actualidad podemos considerar que es sobradamente la que da la llamada parte llana de la finca, y les concede luego la reserva de tierras incultas hasta la cuarta parte de su superficie. Pero en el número 4 del artículo 5’º, prevé la existencia de hijos legítimos o legitimados del propietario, permitiendo que la reserva pueda llegar como máximo a 240 hectáreas. La Entidad corno tal, no puede tener hijos legítimos ni legitimados, no es posible que los tenga. Pero dados sus fines institucionales, a los desheredados y acogidos por la Obra, no se les puede dar trato peor que a aquellos. “Obra Tutelar Agraria”, tiene por objetivo el amparo, educación y redención del Menor. Los acoge, educa y establece; es la familia protectora de estos menores, de esta juventud, y canto es así que muchos que ya han alcanzado la mayoría de edad, encariñados, no solo con la tierra que los vio crecer, sino con la obra amorosa que en Santa Maria de Gimenells se ejerce, constituyen la base y el cogollo de nuestra población obrera.

La exposición que antecede, creemos recoge el brillante historial y los positivos frutos de nuestra Obra colonizadora y educadora, de nuestra labor social, patriótica y cristiana. No nos mueve la mera apetencia de conservar hectáreas de terreno, sino el deseo de competir con los mejores colonizadores de la comarca, y engrosar las filas de una Patria mejor, con aportación de sangre joven y mentes sanas. El cercenamiento de la finca podría dificultar y hasta imposibilitar la función social y educativa, que con nuestros propios medios hemos venido realizando llama la fecha.

( )

(1) Segons les estimations de l’INC (vegeu el “Plan General de Colonización de l’any 1942), la superfície real de Gimenellss era de 5.612 hectarees (N del A)